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PAN SINAI no colabora
PAN SINAI no colabora
Hasta la fecha, MEDRANO FLORES no ha cancelado el monto de la multa que le fue impuesta por el Consejo Directivo, a pesar de que la ejecución del acto administrativo no ha sido suspendida
Estado
Hasta la fecha, MEDRANO FLORES no ha cancelado el monto de la multa que le fue impuesta por el Consejo Directivo, a pesar de que la ejecución del acto administrativo no ha sido suspendida
Agente Económico
MEDRANO FLORES (PAN SINAI)
Práctica
Falta de colaboración Art. 38 inc. 6° LC
Mercado
N/A
Sanción
$90,520.00
Fecha de Apertura:
18 Jan 2022
90,520.00
##PANSINAInocolabora
Orden de Cese
Cronología
Cronología
DIAS
HORAS
MIN
SEG
Tiempo transcurrido desde que el agente económico fue notificado de la resolución por la SC
Juzgado Tercero de lo Contencioso Administrativo notifica auto que remite recurso de apelación a la secretarÃa receptora de demandas
Juzgado Tercero de lo Contencioso Administrativo notifica resolución mediante la cual declara el desistimiento de la demanda ante la incomparecencia injustificada de la parte demandante a la audiencia única, conforme al art. 45 LJCA.
Apoderadas del CDSC presentan escrito solicitando la declaratoria de desistimiento de la demanda conforme al art. 45 LJCA, debido a la incomparecencia injustificada de los apoderados de la parte demandante a la audiencia única virtual, ya que los motivos alegados no configuran caso fortuito o fuerza mayor que les impidiera comparecer.
Apoderadas del CDSC consultan expediente judicial, en el cual corre agregado escrito presentado el 29 de septiembre de 2023 por los apoderados de la parte demandante, en el cual pretenden justificar su incomparecencia a audiencia por supuestos problemas de conexión y falta de equipo informático
Apoderadas del CDSC comparecen a audiencia única virtual. Juez Tercero de lo Contencioso Administrativo la suspende por incomparecencia de los apoderados de Medrano Flores (Pan SinaÃÂ) y les previene que presenten justa causa de su incomparecencia, caso contrario se tendrá por desistida la demanda.
Representante de la sociedad MEDRANO FLORES presentó escrito mediante el cual nombró un segundo apoderado para su representación en el proceso judicial. Ese mismo dÃa, dicho apoderado presentó escrito para mostrarse parte en el proceso.
Juzgado Tercero de lo Contencioso Administrativo convoca a audiencia única a realizarse el 25 de septiembre de 2023 de forma virtual
La parte demandante y el auxiliar del FGR evacúan traslado sobre recurso de revocatoria
Juzgado Tercero de lo Contencioso Administrativo rechaza solicitud de medida cautelar por parte de la sociedad Medrano Flores y admite recurso de revocatoria planteado por el CDSC
CDSC presentó escrito evacuando la contestacion de la demanda e interposición del recurso de revocatoria respecto de la admisión de la demanda en lo concerniente a la resolución del 1 de abril de 2022, ya que el procedimiento sancionador, al ser simplificado, no admitÃa recurso alguno
CDSC evacuó traslado sobre la medida cautelar solicitada por Medrano Flores e interpuso recurso de revocatoria contra la admisión de la demanda en lo referido a la resolución que desestimó el recurso interpuesto por esa sociedad en el procedimiento administrativo sancionador porque este no admitÃa recurso, conforme al art. 158 LPA
J3CO notificó emplazamiento al CDSC por demanda interpuesta por la sociedad Medrano Flores y confirió traslado por la solicitud de medida cautelar por esa sociedad
J1CO notificó auto mediante el cual tiene por recibido el expediente administrativo, declaró no ha lugar la suspensión de los efectos de los actos administrativos impugnados y reanudó el plazo para la presentación de la demanda, entre otros.
J1CO notificó auto mediante el cual tuvo por finalizado el aviso de demanda interpuesto por la sociedad MEDRANO FLORES y remitió el expediente administrativo y la certificación del aviso de demanda al Juzgado Tercero de lo Contencioso Administrativo
CDSC evacúa traslado sobre medida cautelar solicitada y remite el expediente administrativo
J1CO notifica al CDSC la admision de aviso de demanda interpuesta por MEDRANO FLORES, requiere el expediente administrativo y concede audiencia sobre la medida cautelar solicitada.