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TOMZA GAS no colabora
TOMZA GAS no colabora
TOMZA GAS sancionada por falta de colaboración
Estado
Multa no pagada por TOMZA GAS en el marco del procedimiento sancionador por falta de colaboración, aunque sanción ha sido impugnada, no se ha decretado medida cautelar de suspensión del pago de la multa por el Juzgado 1° de lo Contencioso Administrativo
Agente Económico
TOMZA GAS, S.A. DE C.V.
Práctica
Falta de colaboración Art. 38 inc. 6° LC
Mercado
Distribución de gas licuado de petróleo (GLP)
Sanción
$43,800.48
Fecha de Apertura:
15 Aug 2018
U$43,800.48
##CasoTOMZA
Opinión pública
#CasoTOMZA
Orden de Cese
Cronología
Cronología
DIAS
HORAS
MIN
SEG
Tiempo transcurrido desde que el agente económico fue notificado de la resolución por la SC
Juzgado 1° de lo Contencioso Administrativo realiza la audiencia única del procedimiento abreviado en la que participan tanto la parte actora como la demandada, habiendo quedado el proceso en estado de dictar sentencia
Juzgado 1° de lo Contencioso Administrativo notifica al CD de la SC resolución por medio de la cual tiene por subsanada la prevención realizada
Juzgado 1° de lo Contencioso Administrativo notifica al CD de la SC resolución por medio de la cual tiene por subsanadas las prevenciones realizadas y realiza nueva prevención
Juzgado 1° de lo Contencioso Administrativo notifica 2 resoluciones, en la primera se señala fecha para audiencia única y, en la segunda, se hacen prevenciones en cuanto a legitimación de personerÃa por cambio del titular de la Institución
Juzgado 1°de lo Contencioso Administrativo notifica resolución por medio de la cual resuelve declarar no ha lugar medida cautelar solicitada por TOMZA
CD de la SC presenta escrito por medio del cual remite expediente y se manifiesta sobre medida cautelar solicitada