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Caso Digicel por abuso PD
Caso Digicel por abuso PD
Telefónica Móviles El Salvador, S. A. de C. V., cometió la práctica anticompetitiva descrita en el Art. 30 letra a) de la Ley de Competencia, al haber obstaculizado la entrada de nuevos competidores o la expansión de los existentes en el mercado de los servicios intermedios de tráfico internacional entrante para la terminación en las redes de Telefónica en El Salvador.
Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo declaró el acto mediante el cual se impuso la multa, por lo que esta fue invalidada
Agente Económico
Digicel, S.A. de C.V.
Práctica
DIGICEL, S.A. de C.V., cometió la práctica anticompetitiva descrita en el Art. 30 letra a) de la Ley de Competencia, al haber obstaculizado la entrada de nuevos competidores o la expansión de los existentes en el mercado de los servicios intermedios de tráfico internacional entrante para la terminación en las redes de dicho agente económico, en El Salvador.
Mercado
TelefonÃa
Sanción
$592,500
Fecha de Apertura:
15 Apr 2015
$592,500
$592,500
Telefónica Móviles El Salvador, S. A. de C. V., cometió la práctica anticompetitiva descrita en el Art. 30 letra a) de la Ley de Competencia, al haber obstaculizado la entrada de nuevos competidores o la expansión de los existentes en el mercado de los servicios intermedios de tráfico internacional entrante para la terminación en las redes de Telefónica en El Salvador.
#CasoDigicelPD
Orden de Cese
Orden de Cese
"Ordenar a Digicel, S. A. de C. V., el cese inmediato de la práctica consistente en crear obstáculos a la entrada o expansión de competidores en el mercado de los servicios intermedios de tráfico internacional entrante para la terminación en sus redes de acceso en El Salvador, conducta comprobada y declarada como práctica anticompetitiva en el presente procedimiento. Además se ordena contestar de inmediato las solicitudes interpuestas por la sociedad Platinum, S. A. de C. V., en todos los puntos necesarios, a efecto de que pueda concretarse el proceso de negociación de la interconexión de este a las redes de acceso correspondientes."
"Ordenar a Digicel, S. A. de C. V., el cese inmediato de la práctica consistente en crear obstáculos a la entrada o expansión de competidores en el mercado de los servicios intermedios de tráfico internacional entrante para la terminación en sus redes de acceso en El Salvador, conducta comprobada y declarada como práctica anticompetitiva en el presente procedimiento. Además se ordena contestar de inmediato las solicitudes interpuestas por la sociedad Platinum, S. A. de C. V., en todos los puntos necesarios, a efecto de que pueda concretarse el proceso de negociación de la interconexión de este a las redes de acceso correspondientes."
Cronología
Cronología
DIAS
HORAS
MIN
SEG
Tiempo transcurrido desde que el agente económico fue notificado de la resolución por la SC
Sala de lo Constitucional notifica auto mediante el cual requiere informe justificativo de la constitucionalidad del acto reclamado en el proceso de amparo 203-2023
Sala de lo Constitucional notifica admisión de la demanda de amparo presentada el 8 de agosto de 2023 y decreta la suspensión inmediata de los efectos de la sentencia 140-2016 como medida cautelar
CDSC remite, en el plazo estipulado y vÃa electrónica, escrito subsanando las prevenciones realizadas por la Sala de lo Constitucional a la demanda de amparo presentada el 8 de agosto
Sala de lo Constitucional notifica auto mediante el cual previene al CDSC con relación a la demanda de amparo presentada y le otorga un plazo de 3 dÃas hábiles para subsanar
CDSC presenta demanda de amparo ante la Sala de lo Constitucional, en contra de la sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, por haber violado los Art. 2, 3, 102 y 110 de la Constitución, al declarar ilegales las sanciones (multa y obligaciones) impuestas a DIGICEL por abusar de su posicion dominante, en perjuicio de los consumidores y eficiencia economica de los mercados.
SCA notifica auto mediante el cual tiene por cumplido el requerimiento realizado y la sentencia por parte del CDSC
CDSC presenta escrito rindiendo segundo informe sobre cumplimiento de sentencia por su parte, evacuando el requerimiento de la SCA sobre las diligencias realizadas con la FiscalÃa General de la República
SCA notifica auto mediante el cual requiere al CDS que realice las gestiones y diligencias pertinentes con la FGR para verificar y garantizar el cumplimiento de la sentencia notificada el 9/11/2022
CDSC presenta escrito rindiendo informe sobre cumplimiento de sentencia por su parte
Sala de lo Contencioso Administrativo notifica intervención de Platinum como tercero beneficiado y resuelve traer a sentencia el caso.
Sala notifica, entre otros, librar oficios a instituciones para ubicar a tercero beneficiado
SCA notifica aL CD admisión de la demanda y declara sin lugar la suspensión del pago de la multa impuesta
SCA notifica aL CD admisión de la demanda y declara sin lugar la suspensión del pago de la multa impuesta
DIGICEL demanda ante la SCA al CDSC